Por René Hurtado
El papa Francisco ha aprobado una reforma sobre la nulidad
matrimonial que pone fin a un procedimiento de hace trescientos años, con la
introducciĂ³n de un “proceso breve” y “gratuito” para poder conseguirla.
“¡CuĂ¡nta gente espera durante años una sentencia!” o “tiene
que viajar kilĂ³metros” y “perder tiempo o dĂas de trabajo”, lamentaba el
pontĂfice argentino sobre el largo y complicado procedimiento judicial para
conseguir la nulidad matrimonial.
Por ello y tras crear una comisiĂ³n de expertos, hoy se
publicaron los dos “motu proprio” (documentos vaticanos), llamados “Mitis Iudex
Dominus Iesus” y “Mitis et misericors Iesus”, con los que Francisco ha
reformado el proceso de nulidad matrimonial en el cĂ³digo de derecho canĂ³nico y
en el cĂ³digo de los cĂ¡nones de las Iglesias orientales y que entrarĂ¡n en vigor
el prĂ³ximo 8 de diciembre.
Una respuesta, apunta el papa en sus documentos, para “los
fieles que se alejan ante las estructuras jurĂdicas de la Iglesia a causa de
las distancias fĂsica o moral”.
Una de las grandes novedades que introduce el papa es la de
la instituciĂ³n de un “proceso breve” para conseguir la nulidad con la condiciĂ³n
de que los dos cĂ³nyuges estĂ©n de acuerdo y que las condiciones para ello sean
evidentes.
En estos casos, la reforma de Francisco da la potestad al
obispo de la diĂ³cesis de pertenencia de la pareja o de donde se casaron para
que se encargue de juzgar “los casos de nulidad mĂ¡s evidentes”, o que nombre un
juez Ăºnico bajo responsabilidad del obispo.
En los procesos ordinarios, como hasta ahora, los casos serĂ¡n
estudiados por un tribunal formado por tres jueces, cuyo presidente debe ser un
religioso, mientras que los otros dos pueden ser laicos.
El plazo para la primera audiencia, que puede ser también la
Ăºltima si las dos partes estĂ¡n de acuerdo, serĂ¡ de 30 dĂas desde el momento en
el que se presente la peticiĂ³n y se podrĂ¡n requerir otros 15 dĂas mĂ¡s en el
caso de que falte algĂºn documento.
Entre los argumentos para un proceso matrimonial mĂ¡s breve,
la nueva ley enumera: la falta de fe que puede generar la simulaciĂ³n del
consenso, la brevedad de la convivencia conyugal, el aborto para impedir la
procreaciĂ³n, la continuada permanencia de una relaciĂ³n extra conyugal, ocultar
la esterilidad o una grave enfermedad contagiosa, ocultar tener hijos nacidos
en una anterior relaciĂ³n, de haber estado encarcelado, violencia fĂsica para
obtener el consentimiento del matrimonio, un embarazo imprevisto antes de
casarse o no estar en uso de facultades mentales.
Pero ademĂ¡s para acelerar la sentencia otra de las novedades
mĂ¡s importantes es la introducciĂ³n de una sola sentencia a favor de la nulidad
ejecutiva, “y que no sea necesario una doble decisiĂ³n a favor de la nulidad del
matrimonio”.
Hasta ahora, el Derecho CanĂ³nico exigĂa que cada causa fuese
analizada por dos tribunales en instancias sucesivas, por lo que tras terminar
una primera fase, un tribunal inmediatamente superior tenĂa que confirmar la de
primera instancia para que la sentencia pudiese ser considerada en firme.
Francisco explica que un juicio breve puede “poner en riesgo
el principio del que el matrimonio es indisoluble” y por tanto se ha
introducido la posibilidad de “apelaciĂ³n” pero directamente a la sede
metropolitana.
TambiĂ©n existirĂ¡ la posibilidad de, si se desea, realizar el
recurso de apelaciĂ³n a la sede apostĂ³lica, es decir al llamado Tribunal de la
Rota Romana. Otro de los puntos principales de la reforma de Francisco es el
tema de la “gratuidad” de los procesos, ante las denuncias que el mismo
pontĂfice citĂ³ de quien pedĂa dinero para que se obtuviese la nulidad.
El papa insta a que, excepciĂ³n hecha de la justa y digna
retribuciĂ³n de los empleados de los tribunales, “se garantice que el
procedimiento sea gratuito”. Las diĂ³cesis tendrĂ¡n que hacerse cargo de los
gastos y pueden aceptar donativos, pero el procedimiento para los cĂ³nyuges
“debe ser gratuito”.
Papa Francisco concede el perdĂ³n a mujeres que han abortado
El papa Francisco permitirĂ¡ a todos los sacerdotes perdonar
formalmente a las mujeres que hayan abortado y pidan su absoluciĂ³n durante el
prĂ³ximo Jubileo de la Misericordia, en el Ăºltimo paso dado por el pontĂfice
argentino hacia una Iglesia CatĂ³lica mĂ¡s abierta e integradora.
SegĂºn la fe catĂ³lica, el aborto es un pecado tan grave que
quienes lo facilitan o realizan incurren en la excomuniĂ³n automĂ¡tica.
Pero desde el prĂ³ximo 8 de diciembre al 26 de noviembre de
2016, durante un extraordinario Año Santo de Jubileo sobre el tema de la piedad
anunciado por el papa Francisco en marzo, todos los sacerdotes podrĂ¡n hacerlo,
dijo el pontĂfice en una carta publicada el martes por el Vaticano.
En la carta, el papa Francisco describiĂ³ el “sufrimiento
existencial y moral” enfrentado por las mujeres que han puesto fin a sus
embarazos y dijo que habĂa “conocido a tantas mujeres que “cargan en su corazĂ³n
la cicatriz de esa decisiĂ³n agonizante y dolorosa”.
Dijo que no se puede negar el perdĂ³n de Dios a quienes se
arrepienten y por eso da a los sacerdotes la decisiĂ³n discrecional de absolver
ese pecado en el Año Santo de la Misericordia.
“He decidido conceder
a todos los sacerdotes para el Año Jubilar, no obstante cualquier cuestiĂ³n
contraria, la facultad de absolver del pecado del aborto a quienes lo han
practicado y arrepentidos de corazĂ³n piden por ello perdĂ³n”, escribiĂ³ el papa
Francisco.
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